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15/10/2014 La libertad de expresión “ampara la crítica, pero no las injurias ni, mucho menos, comportamientos que bien pudieran integrarse en la calumnia”.
El despido de un inmigrante que trabajó durante cinco años en la casa sacerdotal de Ourense, hasta diciembre del 2013, es procedente, según la sentencia que acaba de dictar la sala de lo social del Tribunal Superior de Galicia, “por cuanto la medida adoptada por el empresario es proporcionada”.entrevistas | reportajes | almuerzos | tribunas | noticias | proveedores | nombramientos | estudios | agenda | libros | el equipo | enlaces | mapa web | ||||
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