Revista digital

NOTICIAS

Una sentencia reconoce como fijas a nueve empleadas de Sanidad

Este suceso acontece poco después de la sentencia del TJUE

 
  • linkedin share button


26/09/2016 El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 de Vigo ha reconocido a nueve empleadas del Servicio Gallego de Salud (Sergas) la condición de “personal indefinido” por cubrir necesidades estructurales. Esta sentencia se produce pocos días después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declarara fraudulento el encadenamiento de contratos de trabajadores eventuales.

“La causa real de los contratos son necesidades permanentes que no legitimaban un nombramiento temporal”, según considera la sentencia. Por este motivo, puesto que las trabajadoras cubrían necesidades estructurales, debían ser consideradas como personal fijo y no temporal. El texto dicta que “procede reconocer a las actoras que ostentan la condición de personal indefinido del Sergas, asimilado al personal interino”.

Este suceso acontece poco después de la sentencia dictada por el TJUE. Así, las nueve trabajadoras contratadas entre 2008 y 2011 reclamaban ser reconocidas como indefinidas después de trabajar de manera continuada durante varios años y renovado sus contratos por seis meses o un año.

Según la normativa de la Sanidad, los contratos eventuales pueden realizarse cuando los servicios prestados sean “de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria”. Por otro lado, cuando se realicen dos renovaciones por un periodo de 12 meses o más por un plazo de dos años, la Administración deberá valorar si procede la creación de una plaza estructural en el centro en cuestión.

El contrato sólo incluía la mención genérica de “necesidad asistencial”, algo que el juez rechaza para justificar la contratación eventual de las empleadas.

  • ANTONIO DEL CAMPO CRIADO 26/09/2016 a las 20:05

    La verdad es que va a traer cola la referida Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea publicada del 14 de septiembre, en relación a las indemnizaciones de contratos temporales y fijos. Son muchos los profesionales de RRHH que se están posicionando en contra de esta sentencia, partiendo de que el Tribunal desconoce la legislación española y las necesidades del mercado laboral español, donde los trabajos de temporada y estacionales son importantes y generan un empleo que no puede ser de otra forma que temporal. Al respecto leía un post muy clarificador recientemente con el cual no puedo estar más de acuerdo. Os lo dejo: http://www.imf-formacion.com/blog/recursos-humanos/normativa-3/dice-tribunal-justicia-europeo-la-indemnizacion-temporales-fijos/ Veremos en qué acaba esta nueva polémica.

entrevistas  |  reportajes  |  almuerzos  |  tribunas  |  noticias  |  proveedores  |  nombramientos  |  estudios  |  agenda  |  libros  |  el equipo  |  enlaces  |  mapa web

© 2007 CUSTOMMEDIA S.L. edita EQUIPOS Y TALENTO  |  Equipo de redacción  |  Contacto  |  Política de privacidad

Av. Diagonal, 463 bis 5ª planta, Barcelona 08036  Tel. 93 4195152  Fax. 93 4101755