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¿Cuáles son los posibles contratos para jóvenes sin experiencia y/o cualificación?

08/05/2017 · La figura del becario se ha convertido en los últimos días en uno de los grandes temas de actualidad en medios de comunicación y redes sociales, bien porque hoy se conmemora el Día Nacional del Becario, bien por las polémicas declaraciones del reconocido cocinero Jordi Cruz que, en un reportaje de El Confidencial, anteponía la formación a la remuneración. En concreto, Cruz afirmaba que los becarios están aprendiendo "de los mejores, en un ambiente real" sin que dicho aprendizaje les costara "un duro". Y es que muchos de estos aprendices de chefs, como en todos los sectores, a menudo perciben un salario injusto, dado que desarrollan las mismas actividades que un profesional contratado, tal y como recogen algunos informes y estadísticas.

La figura del becario ha sido muy cuestionada a lo largo del tiempo. Aprendizaje, formación y experiencia es lo que muchas empresas prometen a los jóvenes, los cuales buscan engrosar sus CV y dar prestigio a su experiencia profesional.

Sin embargo, en los últimos días has saltado a la palestra otro de los temas que lleva tiempo preocupando de cara este colectivo: una remuneración justa y situación en cuanto a la contratación. Y es que no siempre lo prometido se cumple y pocos son los jóvenes que terminan dicha formación con un contrato en sus manos.

Ante esta situación, Audiolís, empresa especializada en servicios integrales de formación y en contratos formativos, ha analizado las principales opciones de las empresas a la hora de contratar a jóvenes con escasa cualificación y experiencia.

En este sentido, cabe destacar los dos tipos de acciones que pueden emprender las organizaciones. La primera de ellas, la referida a las becas no remuneradas, dirigidas sobre todo a estudiantes que están finalizando un grado medio o un grado superior de Formación Profesional, y también a aquellos que están finalizando un grado (antigua diplomatura o licenciatura) en la modalidad de prácticas curriculares.

En esta modalidad, el empresario dispone de un número total de horas en las que el alumno realizará sus prácticas, que suele oscilar entre 300-400 horas y que, normalmente, tienen un carácter obligatorio. Asimismo el coste para la empresa es nulo, dado que los trabajadores no perciben un salario.

En el otro lado se encuentran las prácticas remuneradas, denominadas prácticas extracurriculares. Para poder realizarlas, es necesario firmar un convenio con la entidad formadora, bien sea con la universidad o con un centro privado de formación. El principal requisito es tener la correspondiente documentación firmada con el centro en cuestión, quien es además el encargado de realizar todas las gestiones.

En este sentido, la empresa solo debe cumplir con la obligación de tutorizar y evaluar el desempeño del alumno. Asimismo, el coste se reduce al salario del estudiante -en torno a los 300 y 600 euros mensuales- ya que no media una relación contractual con el empleado, sino un convenio de colaboración con un centro de formación.

Audiolís diferencia, además, dos tipos de modalidades contractuales dentro de este apartado: el contrato en prácticas y el contrato para la formación y el aprendizaje.

Con respecto al de prácticas, se trata de un contrato pensado para personas con titulación, pero sin experiencia y puede ser de jornada parcial o completa, con una duración mínima de 6 meses y máxima de 2 años.

El requisito fundamental es que no haya finalizado la titulación hace más de 5 años si el trabajador tiene más de 30 años, o 7 años si tiene alguna discapacidad. Si es menor de 30 años y es su primer empleo, no se aplica ninguno de estos plazos. Puede ser un contrato a jornada parcial o completa, con una duración mínima de 6 meses y máxima de 2 años.

En cuanto al salario para el trabajador, la remuneración es del 60% del salario establecido en el convenio durante el primer año, y del 75% durante el segundo. Todo ello, teniendo siempre en cuenta que el salario no podrá ser inferior (proporcionalmente) al Salario Mínimo Interprofesional, por lo que el coste para la empresa será el propio salario del estudiante, al que se suman los seguros sociales, aunque, en este tipo de contratos, existe derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes.

Por lo que respecta al contrato para la formación y el aprendizaje, éste está dirigido a jóvenes menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo y sin formación reglada en la ocupación que van a desempeñar.

El alumno trabajador recibe de forma simultánea formación teórica y práctica, destinando un 25% de la jornada a la formación durante el primer año, y un 15% durante el segundo. La duración del contrato puede oscilar entre 1 y 3 años, aunque algunos convenios fijan el mínimo en 6 meses y distintas duraciones máximas. Uno de los aspectos fundamentales es que el alumno puede obtener un Certificado de Profesionalidad al finalizar el contrato.

En terminos salariales, el trabajador cobra por el tiempo de trabajo efectivo. El salario es establecido según convenio y nunca debe ser inferior (proporcionalmente) al Salario Mínimo Interprofesional. Por ejemplo, un aprendiz de hostelería en Málaga cobraría en torno a 806.04 euros al mes.

Finalmente, el coste para la empresa será exclusivamente el salario del empleado, aunque también se puede reducir hasta el 100% de las cuotas a la Seguridad Social (en empresas de menos de 250 trabajadores) y el 75% en empresas de 250 trabajadores o más.

Audiolís señala que la principal ventaja de los contratos en prácticas y los contratos de formación es que el trabajador recibe un salario y cotiza a la Seguridad Social, "lo que supone la posibilidad además de solicitar la prestación por desempleo al finalizar el contrato". Asimismo, de cara a la empresa, existen otras bonificaciones adicionales por la conversión a indefinido, en ambos casos, o por la tutorización del trabajo del alumno, en el caso de los contratos formativos.

“En la actualidad existen muchas soluciones para contratar a jóvenes con escasa experiencia y/o cualificación de forma que ambas partes, empresa y trabajador, salgan ganando”, comenta Angustias Pendón, portavoz de Audiolís. "Tanto el contrato en prácticas como el contrato de formación son las soluciones más óptimas, ya que permiten al trabajador ganar un salario sin suponer un elevado coste para la empresa, sin embargo, es necesario estudiar siempre cada caso en concreto y entender que todos suponen una buena oportunidad para mejorar las perspectivas laborales del alumno", apunta.

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