Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
La nueva legislación sobre planes de igualdad ha puesto un énfasis especial para asegurar que en todas las compañías de 50 o más trabajadores no existe discriminación salarial por razón de género. Para ello, además de clarificar cómo debe hacerse el Registro Retributivo, ha incluido, como novedad, en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de Igualdad Retributiva entre mujeres y hombres, la obligación de realizar una auditoría retributiva.
El simple hecho de que mujeres y hombres perciban retribuciones diferentes, en promedio o mediana (brecha salarial no ajustada), incluso ocupando mismos puestos, de igual valor o equivalente, no implica necesariamente discriminación por causa de género. Según la Real Academia Española (RAE), discriminar es “dar trato desigual a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, de edad, de condición física o mental, etc.”
Según el artículo 3.2 de Transparencia Retributiva, del Real Decreto 902/2020, “el principio de transparencia retributiva tiene por objeto la identificación de discriminaciones, en su caso, tanto directas, como indirectas, particularmente las debidas a incorrectas valoraciones de puestos de trabajo, lo que concurre cuando desempeñando un trabajo de igual valor, de acuerdo con los artículos siguientes, se perciba una retribución inferior, sin que dicha diferencia pueda justificarse objetivamente con una finalidad legítima, y sin que los medios para alcanzar dicha finalidad sean adecuados y necesarios.”
A diferencia del registro retributivo, que debe hacerse con carácter anual, a partir de los importes efectivamente cobrados, y que nos da información sobre la “brecha salarial no ajustada” y la “brecha salarial ajustada”, la auditoría retributiva es un análisis de la práctica retributiva de la compañía que nos indica si existe, o no, discriminación por razón de género.
Por ello, para identificar si el género es una de las variables por las que se paga en la compañía, el análisis se realiza a partir de la retribución fija teórica, normalizada y anualizada, y la retribución target teórica de todos los empleados de la organización (empleados con relación laboral dentro del año fiscal analizado).
El proceso se basa en la modelización econométrica de la práctica retributiva de la organización. Los procedimientos utilizados siguen las principales recomendaciones en materia de economía laboral, y de las principales instituciones públicas, tanto de ámbito internacional, europeo, como nacional.
Los resultados del análisis permiten cuantificar el grado de transparencia retributiva de la organización, así como la brecha salarial no explicada, o grado de impacto de la variable género sobre la retribución, aislando, o manteniendo constante, el resto de variables por las que paga la compañía (discriminación).
No es lo mismo brecha salarial (que puede ser explicada por razones objetivas y legítimas) que discriminación (el género es una de las variables de la práctica retributiva, cosa inaceptable y que no tiene explicación alguna). La auditoría retributiva sirve para explicar la brecha salarial e identificar si en la organización existe discriminación.
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