Revista digital
05/02/2021

Preguntas y respuestas para elaborar el Plan de Igualdad

Conoce todos los detalles de la mano de Gestolasa
Las principales preguntas que necesitas conocer para elaborar el Plan de Igualdad en tu Empresa. Además, encuentra recursos complementarios útiles para su puesta en marcha.

Un plan de Igualdad es un conjunto de medidas encaminadas a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el entorno laboral. 

Los planes de igualdad se definen en la Ley 3/2007 para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

En la redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo establece la obligación de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad para las empresas de más de 50 trabajadores. A ello se añade la publicación del Real Decreto 901/2020, que regula los planes de igualdad y su registro, así como del Real Decreto 902/2020 incorporando el principio de transparencia retributiva entre mujeres y hombres, desarrolla la regulación de los planes de igualdad.

Descarga la guía con la normativa actualizada sobre el Plan de Igualdad e Igualdad Retributiva, Nota técnica sobre el Real Decreto 901/2020 y 902/2020.

Un plan de igualdad debe fijar los objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar, así como sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Es necesario tener en cuenta que, aunque los planes de igualdad deben ser únicos para cada empresa independientemente de los centros de trabajo que la compongan, la ley contempla la posibilidad de incluir acciones especiales para algunos centros de trabajo que las requieran.

¿Cómo se realiza un Plan de Igualdad?

Al realizar el diagnóstico, se detectarán aquellas áreas o materias en las que es más necesario implantar medidas de igualdad y se establecerán los objetivos a alcanzar para cumplir con el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación.

Durante toda la fase de elaboración de un plan de igualdad en la empresa, se pasa por seis etapas que pueden discurrir temporalmente de manera paralela o consecutivamente:

  1. Compromiso de la empresa
  2. Creación de la comisión de igualdad
  3. Elaboración del diagnóstico
  4. Propuestas de medidas y negociación
  5. Implantación y registro
  6. Seguimiento y evaluación

Puedes consultar la información detallada en nuestro artículo con la Descripción de las fases para la elaboración del Plan de Igualdad.

¿Qué contenidos debe abordar el Plan de Igualdad?

La ley ha enumerado algunas de las materias que podrían ser recogidas en el plan de igualdad para conseguir dichos objetivos, previo diagnóstico de situación:

  • Procesos de selección y contratación
  • Clasificación profesional
  • Formación y promoción profesional
  • Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial
  • Retribuciones
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
  • Conciliación
  • Infrarrepresentación femenina
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo
  • Violencia de género
  • Lenguaje y comunicación no exista

En todo caso, si existe infrarrepresentación de personas de un sexo determinado los planes deben incluir medidas para corregirla pudiendo establecer medias de acción positiva  para eliminar la segregación ocupacional.

¿Cómo se formaliza el Plan de Igualdad de Empresa?

El plan de igualdad implica a todas las áreas de gestión de la organización. Es progresivo y está sometido a cambios constantes, pues tiene la cualidad de poder adaptarse a los cambios y necesidades que se vayan detectando en la empresa, especialmente a raíz del seguimiento del plan.

La duración del plan, según lo previsto en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, se deja a decisión de las partes al respecto, sin que pueda ser superior a cuatro años, y, además, será posible asignar períodos de vigencia diferentes según la materia de que se trate.

A la finalización del Plan de Igualdad, es necesario registrarlo, una vez firmado, ante la autoridad laboral. Para ello, se debe publicar como un acuerdo de empresa en el REGCON, o en los sistemas de registro establecidos específicamente para este fin por parte de las CC.AA.

Encuentra las indicaciones para su registro en el artículo Procedimiento para registrar el plan de igualdad.

Es importante para este registro, Identificar con precisión: partes negociadoras y firmantes, ámbito funcional y personal, nº de personas afectadas, vigencia del acuerdo, persona designada por la Comisión negociadora para efectuar el registro, así como adjuntar además del texto del Plan, todas las actas relativas al proceso de negociación.

¿Cuáles son los plazos para adaptarse a la Política de Igualdad?

El Decreto 6/2019 sobre igualdad de género en el ámbito laboral establece unos plazos máximos para que las empresas se adapten a la normativa. 

En todo caso, es necesario tener en cuenta que:

  • Los Planes de Igualdad vigentes a 14 de enero de 2021, deberán adaptarse a la nueva normativa en el plazo de 12 meses (en lo relativo a exigencias de negociación con comisión negociadora legitimada, elaboración del diagnóstico y contenido del Plan).
  • El cómputo de plantilla debe verificarse al menos el último día de los meses de junio y diciembre de cada año y nace la obligación en cuando se supera el límite exigido aunque se produzcan variaciones posteriores.
  • Los Planes de Igualdad deberán integrar la Auditoría retributiva a partir del 14 de abril de 2021.

 Consulta más información sobre Planes de Igualdad en Asesoría de Seguridad Social y Derecho Laboral.

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