Revista digital
TRIBUNA
noviembre 2013

Coordinación de actividades empresariales ¿utopía o realidad?

José Vicente Mañez Martínez,
director Actividad Técnica de UNIPRESALUD

 
José Vicente Mañez MartínezLa PRL y sus profesionales (técnicos de Prevención) han alcanzado un momento de madurez
Según la Real Academia Española de la Lengua (RAE), coordinar es ”concertar medios, esfuerzos, etc., para una acción común”; y cooperar es “obrar juntamente con otro u otros para un mismo fin.”

Conceptos aparentemente sencillos suelen convertirse en una ardua tarea cuando se trata de realizar un trabajo entre varias empresas o autónomos, o cuando éstos coinciden en un mismo centro de trabajo. Esta dificultad es más acuciante si cabe cuando dejamos a un lado los aspectos meramente operativos o de ejecución, que aúnan besfuerzos por su interés común (plazos, costes, etc.), y pasamos a hablar de la coordinación de estas actividades desde el punto de vista de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL).

Aunque, por su trascendencia, la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) está contemplada en la normativa general sobre PRL (artículo 24 de la Ley 31/1995 desarrollado por el R.D. 171/2004, etc.) estableciendo conceptos y obligaciones a priori claros, en la práctica, la interpretación de los mismos que realizan las diferentes partes implicadas en estos procesos suelen complicar bastante la realidad. En este sentido, quizás tampoco “ayudan” demasiado las definiciones, cuando menos, poco concretas que hace la propia reglamentación (R.D. 171/2004).

¿Quién es el titular del centro?, ¿el propietario es el titular? ¿es además principal? ¿en qué casos? ¿qué obligaciones suponen?... Son preguntas que suelen surgir con relativa frecuencia y que no siempre tienen una clara respuesta.

La normativa parece dejar claros los diferentes roles involucrados en la CAE, así como sus obligaciones. Sin embargo, es habitual detectar en los sistemas establecidos que no se siente la “necesidad” de distinguir y establecer requisitos diferentes para la CAE en función del “rol” desempeñado (titular, principal, contratista, subcontratista, autónomo…). Normalmente es el nivel de riesgo el que determina la exigencia en el procedimiento y rigurosidad de la CAE, pero sin tener en cuenta en muchos casos lo realmente establecido en la reglamentación.

El “café para todos” no es un buen punto de partida para la simplificación de estos procesos.

En este sentido, el propio objetivo del RD 171/2004 (art. 3) plantea una aplicación coherente y responsable de los principios de la acción preventiva. Se podría resumir en: “Coordinar para prevenir sencillamente”. No obstante, con relativa frecuencia, el disponer de un sistema de CAE eficaz y eficiente para sus organizaciones parece no ser un objetivo prioritario para las empresas, dejándose arrastrar por la inercia de lo “habitual” y no planteándose cambiar estas rutinas. Más aún, el proceso “habitual” se va “aderezando” con demandas muchas veces cuestionables, multitud de formatos, etc.

Existe bastante unanimidad en que la CAE no está bien orientada a las microempresas, Pymes y autónomos, no siendo eficaz para las mismas y tampoco para las grandes empresas que son, en la mayor parte de los casos, las que “arrastran” al resto con los sistemas que tienen implantados (formularios, aplicaciones informáticas, etc.) y que requieren de un gasto de “energía” en la gestión documental, que deja de lado otras técnicas preventivas que pueden ser igual o incluso más necesarias y eficaces como el fomento de una cultura preventiva, controles de campo, reuniones de coordinación, etc.

Esa maraña de solicitud de documentación, con multitud de formatos diferentes en las que cada uno parece empeñado en aportar su “granito de arena”, incluso se puede volver en contra al asumir “responsabilidades” excesivas sobre la documentación a controlar, por no hablar de los casos en los que incluso se roza la vulnerabilidad de la LOPD.

Con sus limitaciones y mejoras, que seguro las tienen, ya existen mecanismos y herramientas (auditorias legales, REA, TPC, declaraciones responsables de los empresarios, OHSA,…) que quizás podrían ayudar a conseguir esa eficacia y operatividad de la CAE, sobretodo homogeneizando y simplificando la burocratización documental en la que se han convertido estos procesos. Quizás también sería necesaria una actuación coordinada, nunca mejor dicho, entre los diferentes “actores” intervinientes (Servicios de Prevención, Técnicos de Prevención, Administración,…) con el fin de definir criterios y herramientas comunes que faciliten estos procesos, pudiendo llegar a plantear incluso una modificación, simplificación, aclaración de la propia normativa existente.

Llegado a este punto, es necesario “romper una lanza” por esta obsesión por la CAE y los “papeles” que ha conseguido despertar la PRL sobre todo en algunos escenarios en los que hasta ese momento nadie hablaba de la misma, sobre todo en la microempresa, pyme y autónomos. Se puede considerar éste como un primer paso “positivo”, pero en estos momentos es necesario evolucionar en esta materia.

La PRL y sus profesionales (técnicos de Prevención) han alcanzado un momento de madurez que junto con la coyuntura económica actual puede ser un buen escenario para el cambio en las inercias habituales de los sistemas de CAE.
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