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Un juez reconoce el derecho de una madre trabajadora a elegir horario
La mujer pedía a su empresa cambiar el turno partido por el de mañana
23/06/2008 Un juez ha reconocido el derecho de una madre trabajadora a elegir el horario de su jornada laboral para conciliar su vida profesional y familiar. La mujer, moza de almacén en Murcia, había solicitado a su empresa cambiar el turno partido que tenía por el de mañana para poder cuidar a sus hijos.
La sentencia se apoya en el Estatuto de los Trabajadores, que permite al empleado elegir su horario en jornada reducida. El juez considera que ese beneficio debe entenderse `en un sentido amplio´ aplicable también a cuando se pide la modificación del turno de trabajo.
En el centro trabajan 58 personas y existen tres turnos continuos, repartidos en mañana, tarde y noche, o en jornada partida. Pero la solicitud de esta trabajadores le fue denegada, lo que motivó la demanda frente a la empresa. Tras la celebración del juicio, el juez estimó que se había producido `una discriminación indirecta por razón de sexo, máxime cuando la negativa imposibilita que se puedan hacer coincidir el horario de trabajo y el de las guarderías´
El sindicato UGT, que es el que ha llevado el caso de esta empleada a los tribunales, explicó que el derecho a jornada reducida por guarda legal reconocido en el artículo 37.5 y 6 del Estatuto de los Trabajadores está destinado a `proteger no solo la vida laboral y familiar sino también el cumplimiento de los deberes derivados de la patria potestad y para el propio interés de los menores´.