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Responsabilidad solidaria de las empresas de trabajo temporal

Sentencia sobre las obligaciones legales en la cesión de trabajadores

 
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09/01/2009 Una sentencia declara que las responsabilidades de las empresas de trabajo temporal (ETT) y de la empresa usuaria son solidarias cuando en el transcurso de la relación laboral se han incumplido obligaciones legales contraídas con el empleado.

El caso lo ha protagonizado una trabajadora que fue contratada por una empresa a través de una ETT y efectuó trabajos para los que no se le había requerido. Según recoge `El Mundo´, estando de baja por maternidad, la ETT la llamó para indicarle que su contrato se había extinguido. La empleada interpuso una demanda pidiendo que se considerara la extinción de su contrato como un despido y que éste se declarara nulo.

El despido se declaró nulo, ya que se entendió que se trataba de un despido y no de una extinción del contrato de trabajo por haber transcurrido el tiempo establecido. Una vez se entiende que hay un despido, la nulidad surge sola al haberse producido durante el tiempo en que la madre se encontraba disfrutando de la suspensión de su contrato por maternidad.

El punto polémico de la sentencia es que el Juzgado señala que la trabajadora adquiere la condición de indefinida, pudiendo optar entre reincorporarse a la ETT o a la empresa usuaria, al haber incumplido ésta sus obligaciones legales, ya que encargaba a la trabajadora funciones no contempladas en su contrato. El Tribunal Superior de Justicia entendió que la responsabilidad era sólo de la ETT, ya que la otra empresa debía limitarse a cuestiones de Seguridad Social y obligaciones salariales.

Así, el Tribunal Supremo recuerda que la actuación de las ETT es la excepción a la norma general de la ilegalidad de la cesión de trabajadores. Los incumplimientos de las obligaciones contraídas con el trabajador en estos casos, señala, pueden derivar bien de una decisión adoptada por la ETT, de un ejercicio irregular del poder de dirección atribuido a la empresa usuaria o de la combinación de actos de infracción de una y otra.
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