NOTICIAS
Los afectados por un ERE temporal podrán recuperar hasta 120 días de paro
Si se aprueba la medida que estudian sindicatos y gobierno
25/02/2009 El Gobierno español y los agentes sociales estudian situar en un máximo de 120 días el periodo temporal en el que se podrán reponer las prestaciones por desempleo para los trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) de carácter temporal que vieran finalmente extinguida su relación laboral.
Así lo anunció ayer el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, tras participar en la constitución del Consejo General de Sistema Nacional de Empleo. Corbacho explicó que la horquilla que se baraja va desde los 90 a los 120 días, si bien él se mostró proclive a situar el tope en 120 días.
Si se aprobase esta media, un trabajador inmerso en un ERE de suspensión temporal que al final se quedara sin contrato no le contaría el periodo de prestación por desempleo que hubiera consumido durante la suspensión temporal de empleo, con un máximo de 120 días.
Para los ERE temporales también se estudia bonificar las cotizaciones a la Seguridad Social que soportan los empresarios por los trabajadores que están suspendidos de empleo, a fin de aligerarles los costes en la actual coyuntura económica.
Aunque el ministro no detalló a cuánto ascendería dicha bonificación, en el documento que se discute en el diálogo social se habla de una bonificación del 50% en las cuotas empresariales, excluida la incapacidad temporal, condicionada a que la empresa se comprometa a mantener el empleo durante, al menos, el año posterior a la suspensión.