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Obligada a usar sólo ropa interior bajo la bata

El juez da la razón a la empleada de una óptica que interpuso una demanda por discriminación

 
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06/10/2009 El Juzgado de lo Social número 26 de Madrid ha dado la razón a una empleada de una óptica a la que su jefe impuso una nueva jornada laboral, con cambio de horarios y ubicación, tras solicitar que se modificará la obligación de llevar sólo ropa interior debajo de la bata para poder vestir ropa de calle, al igual que sus colegas masculinos.

Esta trabajadora, que era miembro del comité de empresa, reclamó este cambio en la normativa interna de la empresa en octubre de 2008. Según la sentencia, la dirección desoyó esta petición y le comunicó a principios de este año que debería prestar servicios en otro centro de trabajo, especificándole las variaciones en su horario.

La sentencia concluye que la empresa no siguió "el procedimiento adecuado para modificar las condiciones de jornada y horario de la actora", derivándose de ello la nulidad de la medida. La empresa no logra, señala la resolución, "independizar la medida adoptada frente a la actora respecto a la iniciativa de la misma al intentar que la empresa varíe una obligación de forma de vestir que arrastra obligaciones diferentes de justificar entre hombres y mujeres".

Por todo ello, la sentencia declara la nulidad de la medida adoptada por la empresa, debiendo ser respuesta a la actora en las mismas condiciones que disfrutaba a la imposición de esta medida. Así, se condena a la empresa "a estar y pasar por la presente declaración con todas las consecuencias jurídicas inherentes a la presente resolución".
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