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Cada trabajador que secunde la huelga perderá 50 euros de media
La mayoría de empresas tramitarán la suspensión temporal por un día de huelga general
29/03/2012 La complicada situación que atraviesan las empresas hace prevé un descuento generalizado en las nóminas de aquellos trabajadores que decidan secundar la huelga general. En anteriores paros, la dificultad para tramitar la suspensión temporal de contratos entre las empresas y los empleados que ejercían su derecho a huelga hizo desistir a la mayoría de los empleadores de descontar una jornada laboral completa, como se hizo en la convocatoria del 29 de septiembre de 2010.
Esta práctica era común en la casi totalidad de las pymes y para aquellos trabajadores cuyos descuentos (entre 20 y 50 euros) no compensaban la complejidad de los trámites, aunque entre las grandes compañías, donde la suspensión temporal supone cantidades más importantes, es habitual gestionar el ejercicio de huelga según la normativa vigente.
Pero para la jornada de hoy, la gran mayoría de los trabajadores están avisados de que no presentarse a su puesto de trabajo hoy significará no cobrar esa jornada, y los empresarios ahora si están dispuestos a perder un poco de tiempo para no perder un poco de dinero.
La mayoría de compañías pasaban lista ayer para conocer qué empleados pretendían ir hoy a la huelga. Aunque ningún trabajador está obligado a comunicar su intención de secundar el paro, los empresarios buscan adelantarse para avanzar los trámites y descontar la jornada no trabajada, según un estudio de la asesoría laboral Arrabe.
A efectos jurídicos, el trabajador en huelga permanece en situación de alta especial, y se suspende la obligación de cotizar por parte del empresario y del propio trabajador. La misma consultoría ha querido recordar los derechos que tienen las dos partes ante una convocatoria de huelga, como la libertad de trabajo, es decir, que la decisión de sumarse o no es individual y debe ser respetada; la prohibición de sustituir a los huelguistas por trabajadores no vinculados a la empresa y la imposibilidad de establecer sanciones por parte de la compañía, mientras el trabajador no incurra en ninguna falta laboral.