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Un tribunal tumba por primera vez un ERE que alegaba pérdidas futuras
La sentencia afirma que la empresa solo buscaba reducir costes, ya que siguió contratando tras el despido
20/07/2012 El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado un expediente de regulación de empleo (ERE) al considerar que “la situación real de la compañía no justifica un despido colectivo por causas económicas”. Constituye así la primera sentencia tras la reforma laboral que no acepta un ERE por estas motivaciones.
Se trata de la empresa de telemarketing Global Sales Solutions, que presentó el pasado junio un ERE para 56 trabajadores, aunque finalmente se redujeron a 37 los afectados, alegando como causa principal que para este ejercicio preveía pérdidas de 1,49 millones de euros.
De los 37 afectados, 31 se han marchado voluntariamente y la empresa ha aceptado la propuesta de CCOO de indemnizar a los afectados con 29 días por año trabajado sin límites de antigüedad. Sin embargo, los sindicatos UGT y CGT no se conformaron con la rebaja y demandaron a la empresa.
La sentencia del tribunal considera que no se han justificado debidamente las causas económicas, de hecho, reza que no existen. “Lo que sí existen son otros hechos: amortización de puestos d trabajo y simultánea creación de nuevos puestos de trabajo con masiva contratación de trabajadores ajenos”, continúa el texto. Es decir, que la empresa, después del despido colectivo, seguía contratando a trabajadores.
De hecho, el tribunal cree que la empresa sólo busca reducir costes: “Parece que su principal interés con el ERE es subjetivo y no objetivo, consistente en buscar soluciones que le permitan reducir los costes fijos y convertirlos en variables”, según el fallo. El TSJM deja bien claro cuando se justifica un ERE, y cuando no: “No hay causa económica que ampare la destrucción de empleo cuando la misma solo se basa en la conveniencia empresarial de obtención de un mayor beneficio”.