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Ayuntamientos de Madrid podrán reclutar parados con subsidio

Los proyectos del Programa tendrán una duración máxima de seis meses para cada obra o servicio

 
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29/05/2013 El nuevo Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social incluido en el Plan de Empleo del Gobierno regional permitirá trabajar a los desempleados con prestación en los ayuntamientos por un periodo máximo de seis meses.

Así consta en la orden por la que se regulan las subvenciones de estos programas, publicada este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), donde se explica que la medida se circunscribe en el ámbito "de las políticas activas de empleo" contenidas en el apartado de "Oportunidades de empleo y formación".

Europa Press informa que podrán ser beneficiarios de las subvenciones todas las entidades locales que sean ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y que "se comprometan a la adscripción de trabajadores desempleados perceptores de prestaciones por desempleo en la realización de trabajos temporales de colaboración social". Los proyectos del Programa tendrán una duración máxima de seis meses para cada obra o servicio y durante la misma el desempleado participante recibirá, por un lado, experiencia profesional y, por otro, formación, con una duración de diez horas por cada mes de duración. Esta formación, según consta en la orden, no tiene por qué estar vinculada "específicamente" al puesto de trabajo objeto de la colaboración social y podrá ser, o formación oficial o promovida por los servicios públicos de empleo; o formación en tecnologías de la información y comunicación, idiomas, trabajo en equipo, prevención de riesgos laborales, u otras materias transversales.

El desempleado también recibirá orientación profesional para la búsqueda activa de empleo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora, a través de la Oficina de Empleo, con una duración de ocho horas al mes. En general, las actividades de práctica profesional, formación y orientación profesional no podrán exceder de ocho horas al día.

Podrán participar en los proyectos del Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social los demandantes de empleo inscritos en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid que sean perceptores de prestaciones por desempleo: perceptores de prestaciones de nivel contributivo, perceptores de subsidios por desempleo de nivel asistencial y perceptores de Renta Activa de Inserción.
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