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La actualidad de la negociación colectiva, a debate

Randstad celebra en Barcelona una nueva edición de sus desayunos laborales en colaboración con Sagardoy Abogados

 
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24/02/2014 Randstad, empresa líder en soluciones de Recursos Humanos, celebró la semana pasada, en Barcelona, una nueva edición de sus desayunos laborales en colaboración con Sagardoy Abogados. Se trataron, en profundidad, diversas cuestiones de actualidad em materia de negociación colectiva. Mariola Sánchez, directora del departamento Jurídico de Randstad España, presentó a Manel Hernández y Marc Carrera, ambos socios y co-directores de la oficina de Barcelona de Sagardoy Abogados quienes debatieron sobre los convenios de empresa, la ultraactividad o la flexibilidad interna.

Tal y como resumió Mariola Sánchez, la intención de estos desayunos laborales son “tratar las últimas novedades de la negociación colectiva y analizar qué están dando de sí en el ámbito jurídico”.

El primero en hablar fue Manel Hernández, socio y co-director de la oficina de Barcelona de Sagardoy Abogados, quien se apoyó en un enfoque desde el punto de vista de las posibilidades jurídicas de la reforma laboral y cómo han evolucionado en el último año. En cuanto a la flexibilidad interna, Hernández aseguró que ésta ha afectado un amplio abanico de materias como la movilidad geográfica, la jornada laboral, la formación o la cuantía salarial. De todas maneras, se mostró a favor del uso de las medidas de flexibilidad como planteamiento que pueda evitar otras medidas mucho más traumáticas.

Ventajas de los convenios colectivos
Por otro lado, centrándose en el convenio colectivo, Manel Hernández aseguró que los incrementos salariales están siendo mínimos y ajustados en los convenios de sector. Pese a ello, recordó que el convenio colectivo puede regular, actualmente, aspectos que antes los convenios de empresa no podían modificar como el salario base o las horas extra. Para el abogado, otro de los puntos destacados tras el primer año de aplicación de esta reforma laboral es que ésta ha cambiado el sistema de clasificación profesional.

Según sus palabras, históricamente, los convenios colectivos iban arrastrando definiciones dentro de las clasificaciones profesionales y eran demasiado rígidas. Ahora, hay empresas que han conservado sus definiciones, otras que han dado la atribución de la competencia a las Comisión Paritaria, etc. En definitiva, Hernández fue de la opinión que los convenios colectivos pueden ayudar, y mucho, a la gestión de las empresas.

La ultraactividad
Tras su análisis, fue el turno de su compañero en Sagardoy Abogados, Marc Carrera, quien se centró, básicamente, en las cuestiones críticas y en experiencias prácticas en materia de ultraactividad de los convenios. Para Carrera, gran parte de las dudas que planteaba este concepto están a día de hoy resueltas.

La conferencia de Marc Carrera planteó diferentes preguntas en torno a las relaciones entre empresas y trabajadores de ETTs como, por ejemplo, ¿qué convenio se aplica cuando el de la empresa pierde vigencia? ¿qué ocurre si no hay convenio de ámbito superior aplicable?

Según la regulación vigente, transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, áquel perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.

Actualmente, según recordó Carrera, el 56% de los convenios publicados incluye cláusulas que prolongan la ultraactividad o la hacen indefinida; y el 44% no ha dispuesto de regulación legal en el caso de pérdida de ultraactividad.

Mariola Sánchez, directora del departamento Jurídico de Randstad España, clausuró el desayuno asegurando que las recientes reformas laborales no han supuesto una modificación sustancial del marco de la contratación laboral. Asimismo, añadió, para finalizar, que las medidas de flexibilidad introducidas en las sucesivas reformas han preservado el papel de la negociación colectiva.
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