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Dos años de cárcel por un acoso laboral en el sector público

Se trata de una sentencia pionera que condena a un funcionario del Instituto Español de Ocenografía por un delito de lesiones y contra la integridad moral

 
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19/06/2014 César P. sufrió durante años actos vejatorios por parte de un supervisor. La Audiencia Provincial de Santander acaba de confirmar una sentencia que condena a su acosador, funcionario del Instituto Español Oceanográfico en un centro de Santander, a dos años de cárcel y a pagar una multa de 41.000 euros a su víctima, además de suspenderle de empleo y cargo público durante el tiempo de la condena. Según fuentes consultadas se trata de un fallo pionero, ya que apenas existen precedentes de condenas a prisión por 'mobbing'.

Según publica eldiario.es, la sentencia de la Audiencia ratifica un fallo anterior de un Juzgado de lo Penal de Santander, que considera probado que existieron "actos vejatorios reiterados que integran un trato degradante" y "menoscabo grave de la integridad moral, al sufrir la víctima sensaciones de sufrimiento psíquico humillante y envilecedor". La víctima sufrió episodios de angustia, ansiedad y depresión y llegó a causar baja durante casi un año y medio. Una incapacidad temporal que fue reconocida como la consecuencia de una situación de acoso en el trabajo.

Los actos vejatorios que ejerció el investigador condenado van desde trato despectivo, ordenamiento de trabajos de inferior cualificación con crítica negativa, vaciado de contenido del puesto de trabajo, prohibiciones inmotivadas, aislamiento, gritos y voces o puenteo, entre otras. La víctima también sufrió "humillaciones físicas innecesarias", como collejas y palmeos.

Posibles acciones legales contra la institución
César P. estudia ahora junto con sus abogados emprender de nuevo acciones jurídicas, en este caso contra responsables del Instituto Español Oceanográfico, que ahora depende del Ministerio de Economia y Competitividad, por no tomar medidas efectivas para evitar una situación de acoso que el organismo conocía.

De hecho, un informe de la Inspección General de Servicios del Ministerio de Educación y Ciencia fechado en 2007 (el año en el que la víctima interpuso la denuncia, primero administrativa, y luego penal) señalaba la existencia de "numerosos indicios de un comportamiento de una grave falta de consideración y, en caso de poder aportar testigos directos, de maltrato personal".

El informe consideraba conveniente estudiar el traslado del acusado. Sin embargo, el Instituto trasladó a César P., al que movió a un edificio en el que, según reclamó, no podría desarrollar su especialidad. A día de hoy, el trabajador sigue desempeñando sus funciones en ese centro.
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