15/01/2015 El programa extraordinario de activación para el empleo diseñado por el Gobierno y los agentes sociales para impulsar la reinserción laboral de los parados de larga duración (aquellos que llevan más de un año en el desempleo) entra en vigor hoy.
Este programa incluye una ayuda económica de 426 euros mensuales (80% del Iprem) durante un máximo de seis meses, a la que podrán acceder los parados de larga duración que hayan agotado todas las prestaciones, tengan cargas familiares y cumplan determinados requisitos.
En concreto, para poder solicitar esta ayuda, los desempleados de larga duración deberán haber tenido un empleo anterior, buscar activamente un puesto de trabajo, y haber consumido las prestaciones del Prepara, Prodi o la Renta Activa de Inserción al menos seis meses antes de pedir la ayuda. Los solicitantes deben tener responsabilidades familiares y estar inscritos como demandantes de empleo a 1 de diciembre de 2014 (deben haberlo estado al menos durante doce meses durante los 18 meses anteriores).
La ayuda tendrá un coste de entre 1.000 y 1.200 millones de euros, elevará la tasa de cobertura de protección por desempleo entre siete y ocho puntos, hasta situarse en el 65% a mediados de 2015, y beneficiará a entre 400.000 y 450.000 desempleados.
Los beneficiarios estarán obligados a llevar a cabo un itinerario diseñado por los servicios públicos de empleo con la idea de que se reincorporen cuanto antes al mercado de trabajo.
Asimismo, los beneficiarios deberán suscribir en el momento de la solicitud un compromiso de actividad en virtud del cual realizarán las acciones que determinen los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación que actúen en colaboración con ellos. Si durante la participación en el programa los beneficiarios reciben una oferta adecuada de empleo o un curso de formación y lo rechazan, abandonarán el programa.
Este programa, que estará vigente hasta el 15 de abril de 2016 y podrá ser prorrogado, podrá compatibilizarse con un empleo. En estos casos, la contratación del beneficiario por parte de la empresa podrá formalizarse bajo la modalidad de contrato a tiempo completo o parcial, que podrá ser objeto de incentivos adicionales para el empleador.