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30/03/2020 La curva ascendente de fallecimientos debido al Covid-19 de los últimos días ha llevado al Gobierno de Pedro Sánchez a aprobar, en un Consejo de Ministros extraordinario, la limitación total de movimientos salvo los de los trabajadores de actividades esenciales. Esta nueva norma entra en vigor hoy lunes 30 y seguirá vigente, en principio, hasta el jueves 9 de abril. El Ejecutivo ya había anunciado el pasado viernes que dada la cantidad de despidos registrados en las últimas semanas prohibía estos si estaban vinculados a circunstancias originadas por el coronavirus.
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, lo explicaba así ayer tras el consejo de ministros: "Esta medida consiste en que la actividad de los días laborables sea la de un domingo. Mañana todos los trabajadores han de quedarse en sus casas". A pesar de ello, el Gobierno ha dado una moratoria de 24h para que las empresas que lo necesitan puedan realizar los trámites para poder cerrar.
El objetivo de esta nueva medida del Gobierno es rebajar las próximas dos semanas la movilidad a los niveles que hay los fines de semana, cuando descienden los contagios, pero que aumentan durante los días laborales. El consejo de ministros de ayer domingo mantiene la mayoría de las actividades que ya permitía el decreto que promulgó el estado de alarma, como la apertura de los establecimientos minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos e higiénicos; prensa y papelería; combustible para la automoción; estancos; equipos tecnológicos y de telecomunicaciones; alimentos para animales de compañía; tintorerías y lavanderías. También se incluyen las actividades relacionadas con el sector primario, como la agricultura y la pesca y productos alimentarios, la fabricación de ropa de trabajo, y el transporte y distribución de todos los productos considerados básicos. Cualquier actividad que comporte teletrabajo también se podrá mantener.
En su comparecencia del sábado, Sánchez explicó que durante los días que se aplique este permiso retribuido los trabajadores “continuarán recibiendo su salario con normalidad” y, una vez que termine la situación de emergencia sanitaria, los empleados recuperarán las horas de trabajo no prestadas de manera paulatina y espaciada en el tiempo hasta el 31 de diciembre negociando entre trabajador y empresa.
El BOE del sábado ya recogía un decreto ley aprobado el viernes en otro consejo de ministros extraordinario que prohibía los despidos por fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en los que la empresa alegue que la causa de estos problemas es la crisis del coronavirus o las restricciones a la movilidad en vigor.
El objetivo, según explicó la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Diaz, es que en esos casos se opte por los ERTE especiales aprobados, para que se mantengan los empleos aunque los trabajadores dejen sus puestos mientras se mantenga el estado de alarma.
Esto significa que las compañías no podrán utilizar esos argumentos económicos, de producción, técnicos y organizativos derivados del coronavirus para echar a sus trabajadores de forma objetiva -en casos individuales- o vía ERE -para despidos colectivos. Pero sí podrán despedir justificando que tienen otro origen distinto cuando se trate de despidos colectivos; o de forma individual a través de despidos disciplinarios o por causas objetivas (ineptitud, falta de adaptación del trabajador). En este último caso, la indemnización será de 20 días por año trabajado, como suele ser de forma habitual. En caso de que se trate de un despido improcedente por no estar justificado, la indemnización será de 33 días. La medida no es retroactiva.
En paralelo, el texto legal establece que, en el caso de contratos temporales, formativos, de relevo o interinos, su suspensión por culpa de la crisis sanitaria interrumpe el cómputo. Pero si la empresa decide mantener al trabajador en activo, aunque sea de forma no presencial, los plazos corren y el contrato finalizará cuando tocaba.
Además, el Gobierno rechazó suprimir la exigencia de que las empresas que soliciten un ERTE se comprometan a no despedir durante los seis meses siguientes. En este sentido, la ministra aclaró que, actualmente, cuando una empresa solicita un expediente temporal, se compromete a estar un año sin despedir a cambio del coste que asume el erario público para pagar las nóminas de los trabajadores en suspensión temporal.
El presidente sigue queriendo obligar a Bruselas a reaccionar y considera insuficiente la intervención del Banco Central Europeo. Sánchez apuesta por la emisión de “bonos de reconstrucción” para que el “sobresfuerzo” en la crisis “tenga el alivio y amparo del conjunto de Europa”, algo que algunos países del norte no aprueban. Los jefes de Gobierno de España e Italia se plantaron en la cumbre europea ante Alemania y Holanda, partidarias de que los dos países epicentro de la pandemia recurran a los fondos de rescate, lo que siempre implica condiciones para los beneficiarios.
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