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17/06/2020 iformalia, compañía especializada en software para la gestión de la formación perteneciente al Grupo Innopulse, se ha hecho eco de la nueva resolución dictada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, que permitirá a las entidades de formación acreditadas ofrecer formación profesional para el empleo en modalidad presencial, siempre y cuando el territorio donde desarrolle la actividad se encuentre en fase 2.
La resolución, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y de la que se ha hecho eco iformalia, precisa que, en todo caso, se deberán respetar las medidas de higiene y prevención para el personal trabajador y el alumnado.
Entre otras medidas, se deberá mantener la distancia interpersonal de 2 metros y prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas; el uso de mascarillas es altamente recomendable; la disponibilidad y el acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente; se deberá poner a disposición de los trabajadores los protocolos de higiene y distanciamiento Covid-19 establecidos por el centro, junto con el nuevo plan de riesgos laborales adaptados a las medidas para prevenir el virus; y todos los establecimientos, así como su equipamiento, deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados.
Cuando entre en vigor el decreto de la nueva realidad, serán las Comunidades Autónomas las que dicten las normas a seguir. Si los alumnos acuden a un centro a realizar la formación, en Fase 2 podrán ocupar el 30% del aforo de la clase y en Fase 3, el 50% de su capacidad. Por ejemplo, un aula con un aforo para 15 personas solo podrá haber 5 personas, y si la capacidad fuera de 25 personas podría haber un total de 13 asistentes.
Dentro de la fase 2 del Plan de transición a la nueva normalidad se contempla también la reapertura, dentro de las actividades de prestación de servicios, de los centros educativos y de formación (autoescuelas, academias, etc.) que no estén incluidos en los apartados de Educación y Ciencia.
También en esta fase, para aquellas formaciones suspendidas a causa de la declaración del Estado de Alarma, se podrán reanuda, de la misma forma que la formación programada por las empresas para su impartición en centros de formación.
A tal efecto, las empresas beneficiarias del crédito de formación deberán comunicar en el plazo máximo de dos meses las nuevas fechas, calendario y horario de impartición de las acciones formativas suspendidas, debiendo completarse el total de las horas de la acción formativa comunicada.
En el caso de formación en alternancia con el empleo, en la formación dual del sistema laboral a través de los contratos para la formación y el aprendizaje, se necesitará una autorización previa o la adecuación por el servicio público de empleo competente de la actividad formativa inherente al contrato.
En los planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social, se podrá impartir de manera presencial la formación prevista en dichos planes, también cuando el territorio donde se desarrolle la actividad formativa se encuentre en fase 2.
Asimismo, las empresas que de forma total o parcial vuelvan a la actividad y que imparten formación directamente o mediante entidades externas a sus trabajadores en sus propias instalaciones, podrán impartir de manera presencial dicha sesión, siempre que sea necesaria para la continuidad de sus procesos productivos, debiendo respetarse en todo caso las medidas de higiene y prevención.
Para ello, cada compañía tendrá que realizar una consulta previa sobre la impartición de forma presencial de las acciones formativas a la representación legal de los trabajadores. En el supuesto de que la impartición de las acciones o grupos formativos en modalidad presencial se hubiera suspendido a causa de la declaración del Estado de Alarma, esta podrá reanudarse una vez se establezca la recuperación de la actividad laboral para el correspondiente ámbito de actividad y territorio
En referencia a la iniciativa de formación en alternancia con el empleo, se requerirá autorización previa del servicio público de empleo competente. La empresa informará a los representantes de los empleados sobre los acuerdos suscritos, indicando, al menos, las personas contratadas para la formación y el aprendizaje, el puesto de trabajo a desempeñar y el contenido de la actividad formativa.
Con esta novedad, informan desde iformalia, ya se podrán volver a bonificar las formaciones presenciales.
El sistema iformalia se caracteriza por la automatización de procesos inherentes a la gestión de la formación. De esta manera, operaciones complejas o repetitivas que no aportan ningún valor son simplificadas con el consiguiente ahorro en costes y tiempo.
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